En la orden del BOE de hoy, sábado 23 de mayo, se anula la limitación de hacer deporte de manera individual, de lo que se deduce que podremos realizar escalada deportiva y barranquismo en grupo, así como ir a hacer senderismo, con amigos y familiares. Parece pues, que podremos ir más libremente al monte en la fase 2.
(Orden del 23 de mayo: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-5265)
Página 7, punto 7 (del artículo tercero):
“No serán de aplicación […] a la práctica de actividad física no profesional las limitaciones […] previstas en los artículos […] y 2.3 de la Orden […] de 30 de abril […]

La limitación a la que se refiere la encontramos en el artículo 2.3 de la orden del 30 de abril:
[…] La práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto solo se podrá realizar de manera individual […]
(Orden del 30 de abril: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4767)

SENDERISMO EN LA FASE 2 EN NAVARRA
En cuanto a Navarra, tal y como informa el DIARIO DE NAVARRA, en cuanto al Deporte al aire libre. “Se irá más allá de la limitación al término municipal y flexibilización de horas, pensando en aficionados al montañismo, senderismo y el ciclismo, entre otros. También se estudiarán las indicaciones sobre zonas de baño en ríos”.
A falta de que se escriba el marco legal correspondiente en el Boletín de Navarra, parece que hay buenas noticias para hacer senderismo en la fase 2 en Navarra y que al menos podremos disfrutar de las montañas de toda la Comunidad Foral.
SENDERISMO EN LA FASE 2 en EUSKADI
En cuanto a Euskadi, se ha publicado en El BOPV el “DECRETO 12/2020, de 24 de mayo de 2020, del Lehendakari, por el que se establecen, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las normas para la aplicación de la fase 2 del proceso de transición, acordadas con el Gobierno español”.
En su artículo 2 hace referencia a la LIBERTAD de CIRCULACIÓN. En le punto 1 de este artículo indica que desde el 25 de mayo, “1.– Quedan eliminadas las franjas horarias que restringían la movilidad de las personas.”
En el artículo 6, añade: “Artículo 6.– Turismo de naturaleza.1.– Se podrán realizar libremente actividades de turismo activo y de naturaleza, senderismo y similares por grupos de hasta veinte personas.”
Estas actividades tienen el límite de la provincia para poder realizarse y vemos por lo tanto, que durante la fase 2 se podrá hacer senderismo en el País Vasco con el límite único de la provincia, en grupos de máximo 20 personas.
Descargo de responsabilidad
La información aquí publicada puede cambiar según lo que estime el órgano oficial competente y para nada supone vínculo alguno el con el autor de este blog. Para obtener información concreta acuda al Gobierno de Navarra y al Gobierno de España.